Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/2019


Emergencia Pública en materia ocupacional

Mediante este DNU el gobierno nacional declara la emergencia pública en materia ocupacional por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.

Quienes sean desvinculados sin justa causa durante la vigencia del presente decreto, tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente y se duplicarán todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.

El presente decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia, la cual opera desde el día de publicación de este decreto.

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